Hispasat gana mercado por izquierda

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academia50

Hispasat gana mercado por izquierda

#1

Mensaje por academia50 »

Hispasat gana mercado por izquierda

http://www.pagina12.com.ar/diario/econo ... 09-30.html

LA FIRMA ESPAÑOLA BRINDA SERVICIOS EN EL PAIS CON UN SATELITE NO HABILITADO
Hispasat gana mercado por izquierda
El Estado argentino la autorizó a operar sólo con Hispasat 1C y Amazonas 1, pero la firma los trasladó y ubicó otros cuatro satélites. Al menos con uno ya brinda servicios de manera ilegal.

Por Fernando Krakowiak
La española Hispasat tiene sólo dos satélites autorizados a operar en Argentina: Hispasat 1C en la posición orbital 30º Oeste y Amazonas 1 en 61º Oeste. Sin embargo, en su propia página web la empresa reconoce que trasladó los aparatos y en esas posiciones ubicó otros cuatro satélites. Al menos uno de esos, denominado Hispasat 30W-5, está brindando servicios de manera ilegal, restándole clientes a la estatal Arsat. Esa situación sirve para entender el fuerte lobby que esa compañía extranjera viene ejerciendo para que el gobierno de Mauricio Macri desregule el sector o cómo mínimo autorice sus satélites.

El Hispasat 1C fue habilitado en 2001 por la secretaría de Comunicaciones para operar en la posición orbital 30º Oeste, pero salió de servicio y lo corrieron a la posición 84º. En su lugar, los españoles ubicaron los satélites Hispasat 30W-4 (Ex Hispasat 1D) e Hispasat 30W-5 (Ex Hispasat 1E) pese a no contar con autorización oficial. Página/12 pudo comprobar que el Hispasat 30W-5 le brinda servicio a Cadena 3, Teleocho Córdoba, Canal 8 de Mar del Plata, Canal 11 de Salta, Telemóvil 5 de Corrientes, Canal 9 de Salta, Radio Patagonia 780 AM, Radio Cooperativa AM 740 y Turismo Visión Argentina. Fuentes del sector estimaron ante este diario que esos clientes consumen cerca de 80 megas por mes para transportar sus señales de televisión y radio, lo que representa un ingreso aproximado de 4 millones de dólares al año para la firma española. Hispasat 30W-5 también comercializa en el país servicios de datos. Todas estas operaciones afectan de modo directo al satélite argentino Arsat 2, el cual está en condiciones de brindar las mismas prestaciones.

El otro satélite de Hispasat autorizado en 2006 a operar en Argentina es Amazonas 1, en la posición 61º Oeste, aunque en la web de la compañía se puede comprobar fácilmente que ese aparato fue desplazado en 2014 a la posición 55º Oeste, de hecho ahora se llama Hispasat 55W-1. En su lugar, los españoles ubicaron los satélites Amazonas 3 y Amazonas 4, los cuales no fueron autorizados por el gobierno. Amazonas 3, lanzado al espacio el 7 de febrero de 2013, permite brindar banda ancha directa al hogar en banda Ka como lo viene haciendo DirecTV a través de Spaceway 2, gracias a una reciente autorización provisoria.

En el gobierno hay varios que están al tanto de la situación irregular de Hispasat. De hecho, Eduardo Tallarico, representante legal de la firma en Argentina, es asesor del Ministerio de Comunicaciones. Hugo Miguel, subsecretario de Planeamiento de la secretaria de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que conduce Héctor Huici, área que tiene a su cargo la política satelital, fue hasta el año pasado director de tecnología de Tesacom, empresa de soluciones satelitales asociada a grandes jugadores extranjeros como la propia Hispasat. Los tres hombres son cercanos a José Antonio Sánchez Elías, referente de comunicaciones de la Fundación Pensar, think tank macrista, y presidente y CEO de Tesacom, quien estuvo a punto de ser designado por el presidente Mauricio Macri como ministro de Comunicaciones hasta que un acuerdo con los radicales llevó a poner en su lugar a Oscar Aguad.

Página/12 reveló el pasado 12 de septiembre que Hispasat está aprovechando el acceso privilegiado al gobierno para llevar adelante un fuerte lobby a favor de la desregulación del sector satelital. Incluso la firma española elaboró un paper, titulado “Impacto de un enfoque de cielos abiertos en la competitividad del mercado de las telecomunicaciones y la inclusión digital”, donde detalla las supuestas ventajas de avanzar en esa dirección. “La tendencia de gran parte de las agencias regulatorias hacia la aplicación del principio `menos es más`, abre el camino a la imposición de menores requisitos reglamentarios a cambio de un mayor acceso a las comunicaciones esenciales, perfilándose la implementación de una política de cielos abiertos, como un mecanismo clave para mejorar la competencia del mercado”, señala el texto. Ese es el objetivo de máxima, aunque los españoles se conformarían con que al menos el gobierno les de luz verde a sus propios satélites para seguir ganando mercado a costa de Arsat.

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El rey de España , a quien Mauri le pidió perdón por habernos independizado de ellos, feliz, ahora podrá comprarse una escopeta nueva para seguir matando elefantes..... :o :oops:

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CarlosVs

Re: Hispasat gana mercado por izquierda

#2

Mensaje por CarlosVs »

Lo tomaría con pinzas e indagaría mucho para saber que paso. Más después de la tapa de ayer de Página/12.

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mortal251

Re: Hispasat gana mercado por izquierda

#3

Mensaje por mortal251 »

Ya esta tiene habilitacion x boletin oficial

MINISTERIO DE COMUNICACIONES

Resolución 183-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2017

VISTO el Expediente N° 5187/2003 del registro de la ex Comisión Nacional de Comunicaciones, la Resolución N° 3.609 de fecha 19 de febrero de 1999 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, la Decisión Administrativa N° 126 del 26 de febrero de 2016, el Decreto N° 793 de fecha 22 de julio de 1999, el Decreto N° 92 de fecha 30 de enero de 1997, el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, el Decreto N° 268 del 29 de diciembre de 2015, la Ley Nacional de Telecomunicaciones N° 19.798, la Ley Argentina Digital N° 27.078 y la Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Argentina Digital N° 27.078 y sus modificatorias establece en su Artículo 33 que corresponde al ESTADO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, la administración, gestión y control de los recursos órbita-espectro correspondientes a las redes de satélite, de conformidad con los tratados internacionales suscriptos y ratificados por el ESTADO ARGENTINO.

Que el Artículo 34 de la mencionada norma dispone que la prestación de facilidades satelitales requerirá la correspondiente autorización para la operación en la Argentina, conforme la reglamentación que el MINISTERIO DE COMUNICACIONES dicte a tal efecto.

Que en su Artículo 89 de la norma precitada dispone que la Ley Nacional de Telecomunicaciones N° 19.798 y sus modificatorias subsistirán respecto de aquellas disposiciones que no se opongan a las previsiones de la Ley Argentina Digital N° 27.078 y sus modificatorias.

Que la Ley Nacional de Telecomunicaciones N° 19.798 en su Artículo 6° estipula que: “No se podrán instalar ni ampliar medios ni sistemas de telecomunicaciones sin la previa autorización pertinente” y que “Se requerirá autorización previa para la instalación y utilización de medios sistemas de telecomunicaciones, salvo los alámbricos que estén destinados al uso dentro de los bienes del dominio privado…”.

Que la provisión de facilidades satelitales en la REPÚBLICA ARGENTINA, se encuentra específicamente regulada en la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales aprobada por el texto ordenado de la Resolución N° 3.609 de fecha 19 de febrero de 1999 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, e incorporada mediante el Decreto N° 793 de fecha 22 de julio de 1999 como Anexo XIII del Decreto N° 92 de fecha 30 de enero de 1997.

Que la empresa HISPASAT S.A. solicita autorización para la provisión de facilidades satelitales en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, mediante el satélite geoestacionario identificado como HISPASAT 1D con operación en las bandas de frecuencia Ku, desde la posición orbital geoestacionaria de 30° Longitud Oeste.

Que, en tal sentido, corresponde destacar que el Artículo 10° de la mencionada Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales, establece que: “Para la provisión de facilidades satelitales, tanto nacionales como internacionales, por parte de satélites argentinos o no argentinos, será necesario contar con la previa autorización de la Autoridad de Aplicación, conforme a lo dispuesto por el Articulo 26 de la presente Parte”.

Que oportunamente se celebró un ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA concerniente a la Provisión de Facilidades Satelitales y la Transmisión y Recepción de Señales hacia y desde Satélites para la Provisión de Servicios Satelitales a los Usuarios de la REPÚBLICA ARGENTINA y el REINO DE ESPAÑA, registrado mediante Resolución N° 386 de fecha 4 de octubre de 2001 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, incorporada como Apéndice IV de la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales antes mencionado.

Que a través del Acuerdo de Reciprocidad referido, se establecieron las condiciones para la provisión de facilidades satelitales y la transmisión y recepción de señales desde satélites con licencia otorgada por cada Parte o Administración, de conformidad con lo previsto en dicho Acuerdo, las regulaciones y procedimientos de otorgamiento de licencias nacionales de cada una de ellas, como así también, las previsiones del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UNIÓN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES y normativa concordante.

Que con relación al caso particular, la empresa HISPASAT S.A. procedió a acompañar en el expediente mencionado en el VISTO, las constancias respectivas referidas a las características generales y tecnológicas del proyecto, a la capacidad jurídica y económica y a la experiencia empresarial, de acuerdo a la Resolución N° 3609/99.

Que teniéndose en cuenta las consideraciones precedentemente expuestas, no se encuentran obstáculos para acceder a lo solicitado por la peticionante.

Que, la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO y la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES de este MINSITERIO DE COMUNICACIONES, han tomado la intervención que les compete en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 268 del 29 de diciembre de 2015.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDCOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE COMUNICACIONES ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23 decies del Título V de la Ley de Ministerios N° 22520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Autorízase a la empresa HISPASAT S.A. a proveer facilidades satelitales mediante el satélite geoestacionario HISPASAT 1D con operación en las bandas de frecuencias Ku desde la posición orbital geoestacionaria de 30° de Longitud Oeste, en el marco de lo previsto en la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales, cuyo texto ordenado fuera aprobado por la Resolución N° 3.609 de fecha 19 de febrero de 1999 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES e incorporada mediante el Decreto N° 793 de fecha 22 de julio de 1999 como Anexo XIII del Decreto N° 92 de fecha 30 de enero de 1997; de conformidad a lo señalado y la normativa mencionada en los Considerandos.

ARTÍCULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar Raúl Aguad.

e. 03/02/2017 N° 5479/17 v. 03/02/2017

Fecha de publicación 03/02/2017

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