Posible nuevo operador de televisión por suscripción en CABA.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 2135-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2017
Por ello;
EL DIRECTORIODEL ENTE NACIONAL
DE COMUNICACIONESRESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Regístrese a nombre de la empresa SERVICIOS Y TELECOMUNICACIONES
SOCIEDAD ANONIMA (CUIT N° 30-69038167-
9), en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5°
del Anexo I del Decreto N° 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000, el
servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase la prestación del servicio de radiodifusión
por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 3°.- Previo al inicio de la prestación del servicio en el área
de cobertura consignada, la licenciataria deberá acreditar la instalación
del sistema a través de la presentación de una certificación firmada por
un Ingeniero inscripto en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones,
Electrónica y Computación (COPITEC), acompañando
el correspondiente Certificado de Encomienda Profesional. El inicio
de las transmisiones sin el cumplimiento del prenotado requisito, dará
lugar a la caducidad del acto.
ARTÍCULO 4°- Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en
el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos
N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el
Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos
Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel Angel De Godoy.